



{"id":825,"date":"2020-09-10T15:39:47","date_gmt":"2020-09-10T18:39:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sidomus.com\/noticias\/?p=825"},"modified":"2021-01-08T12:27:32","modified_gmt":"2021-01-08T15:27:32","slug":"cuales-son-las-responsabilidades-del-consejo-de-administracion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sidomus.com\/noticias\/2020\/09\/10\/cuales-son-las-responsabilidades-del-consejo-de-administracion\/","title":{"rendered":"\u00bfCu\u00e1les son las responsabilidades del Consejo de Administraci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Ante las reformas introducidas por el nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, son muchos los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n que desconocen hasta d\u00f3nde se extiende su responsabilidad. En esta nota, aclaramos algunos puntos a tener en cuenta para todos aquellos que integran un Consejo de Administraci\u00f3n.<\/h4>\n\n\n\n<p>Con la puesta en marcha del nuevo C\u00f3digo Civil, muchas cosas cambiaron. Existen, en este marco, algunos que aprovechan la ocasi\u00f3n para desinformar. De acuerdo a consultas a <a href=\"https:\/\/ligadelconsorcista.org\/index.php\">LigadelConsorcista<\/a>, hay muchos que sostienen que, con el nuevo c\u00f3digo, el Consejo de Administraci\u00f3n va a responder por los errores de la administraci\u00f3n igual que si fuera el Administrador.<strong> Y esto \u00faltimo, no es as\u00ed.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Antes de que se empezara a aplicar el nuevo C\u00f3digo Civil, exist\u00eda la ley 13.512 de Propiedad Horizontal, que fue derogada con el nuevo c\u00f3digo. Esta ley anterior no creaba el Consejo, es decir, no exist\u00eda el Consejo de Administraci\u00f3n para esta ley.  \u00bfQui\u00e9nes lo creaban entonces? <strong>Los reglamentos<\/strong>. Ahora, cuando creaban el consejo de Administraci\u00f3n, aclaraban que una de sus facultades iba a ser el control t\u00e9cnico de la gesti\u00f3n, el control administrativo, econ\u00f3mico o financiero. <\/p>\n\n\n\n<p>El control al que se refiere el nuevo c\u00f3digo es muy similar al de los reglamentos. El Consejo de Administraci\u00f3n no es un auditor, no es un s\u00edndico, y por lo tanto no tiene las mismas responsabilidades ni las mismas facultades, ni se espera lo mismo de un consejo de administraci\u00f3n ni de un auditor contable. Esto que decimos no exime al Consejo de Administraci\u00f3n de obrar con responsabilidad y con diligencia. Pero esto \u00faltimo no quiere decir que tiene que &#8220;salir corriendo&#8221; el consejero a renunciar por miedo, ni que va a ser su responsabilidad similar a la de la Administraci\u00f3n porque eso no es as\u00ed. El esp\u00edritu del c\u00f3digo no es ese, si no <strong>darle al Consejo de Administraci\u00f3n herramientas y facultades que antes no ten\u00eda<\/strong>. Pero por supuesto que se espera que el Consejero obre con diligencia y con honestidad, y que ante la duda, plantee el tema en Asamblea. <\/p>\n\n\n\n<p>El consejo que le dejamos al consejero, valga la redundancia, es que cuando lo eligen en Asamblea, <strong>establezca o informe a la Asamblea cu\u00e1l es el nivel de diligencia o de control que va a poder ejercer<\/strong>. Por ejemplo, si eligen a una persona como consejero porque vive en el edificio, porque tiene tiempo para disponer y puede controlar por ejemplo que los trabajos en el edificio se hagan (ejemplo, si se le paga a un plomero, que ese plomero vaya y haga el trabajo, y el propietario quede conforme), el Consejero tiene que aclararlo en la Asamblea. Es decir, en todos los casos, debe indicar hasta d\u00f3nde \u00e9l va a poder ejercer ese control. <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante las reformas introducidas por el nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, son muchos los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n que desconocen hasta d\u00f3nde se extiende su responsabilidad. 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