



{"id":857,"date":"2020-10-27T11:20:13","date_gmt":"2020-10-27T14:20:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sidomus.com\/noticias\/?p=857"},"modified":"2020-12-17T12:07:20","modified_gmt":"2020-12-17T15:07:20","slug":"asamblea-de-consorcio-como-por-que-y-para-que","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sidomus.com\/noticias\/2020\/10\/27\/asamblea-de-consorcio-como-por-que-y-para-que\/","title":{"rendered":"Asamblea de consorcio: c\u00f3mo, por qu\u00e9 y para qu\u00e9"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1les son los puntos que debe respetar un acta de un asamblea de consorcio? \u00bfQu\u00e9 dice el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n? Te explicamos todo en esta nota.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo a la abogada y especialista en propiedad horizontal y derecho inmobiliario <a href=\"https:\/\/www.linkedin.com\/in\/diana-sevitz-0195a464\/?originalSubdomain=ar\">Diana Sevitz<\/a>, la asamblea es quiz\u00e1s el acto que m\u00e1s impacta en la seguridad jur\u00eddica de un consorcio. En esta nota te contamos c\u00f3mo realizarla conforme al derecho constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada a\u00f1o los consorcios celebran su Asamblea General Ordinaria, en la que un secretario designado escribe un acta. <strong>El acta es un testimonio escrito de sucesos que se transcriben en el instante mismo de estar sucediendo<\/strong>, acorde a un orden del d\u00eda establecida por la Administraci\u00f3n o un determinado Consejo de Propietarios. Ahora bien, \u00bfqu\u00e9 debe tener para estar bien hecha y cumplir con lo establecido en la ley de Propiedad Horizontal y el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n?<\/p>\n\n\n\n<p>Sevitz nos cuenta que seg\u00fan el Art\u00edculo 2062 del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, actualizado desde Agosto del 2015, \u201csin perjuicio de los restantes libros referidos a la administraci\u00f3n del consorcio, es obligatorio llevar un Libro de Actas de Asamblea y un Libro de Registro de Firmas de los propietarios&#8221;. Adem\u00e1s, indica, &#8220;Debe labrarse acta de cada asamblea en el libro respectivo, en el que los presentes deben firmar como constancia de su asistencia. Las firmas que suscriben cada asamblea deben ser cotejadas por el administrador, con las firmas originales registradas. Las actas deben confeccionarse por un secretario de actas elegido por los propietarios; \u00e9stas deben contener el resumen de lo deliberado y la transcripci\u00f3n de las decisiones adoptadas o, en su caso, propuestas por la mayor\u00eda de los presentes, y ser firmadas por el presidente de la asamblea y dos propietarios. Al pie de cada acta, el administrador debe dejar constancia de las comunicaciones enviadas a los ausentes, de las oposiciones recibidas y de las eventuales conformidades expresas&#8221;, concluye.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La realizaci\u00f3n del acta es esencial porque debe existir una constancia de que existi\u00f3. <\/strong>Para Sevitz no es necesario que el acta se confeccione textualmente pero s\u00ed deben quedar asentadas las mociones, opiniones concretas y decisiones llevadas a cabo. Deber\u00e1 exponerse con claridad lo resuelto, lo votado y una s\u00edntesis de la deliberaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Estructura del acta<\/h4>\n\n\n\n<p>Un acta deber\u00e1 contar con la fecha y hora de inicio, lugar de celebraci\u00f3n de la Asamblea, Orden del D\u00eda, lo que se trat\u00f3, as\u00ed como la deliberaci\u00f3n y tambi\u00e9n lo que se resolvi\u00f3 mediante la votaci\u00f3n de los asistentes; tambi\u00e9n el recuento de votos , designaci\u00f3n de presidente, secretario de actas , dos o m\u00e1s propietarios elegidos para suscribir al final (realizan la aprobaci\u00f3n del texto y se entiende que \u00e9stos dan fe).<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n en las actas deben quedar registradas las impugnaciones, es decir, dejar constancia de que alguien no se est\u00e1 de acuerdo con lo resuelto. Sin embargo, esto no brinda derecho a que las cosas se cambien conforme a gusto o entendimiento de aquellos que impugnaron.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs improcedente la nulidad de una asamblea del consorcio de propietarios si ha sido t\u00e1citamente confirmada por la parte que pod\u00eda invocar el vicio capaz de invalidarla.\u201d (C\u00e1mara Nacional Especial Civil y Comercial, Sala IV, Agosto 5, 1980).<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 dice la ley sobre las asambleas?<\/h4>\n\n\n\n<p>Sobre sus facultades, el art\u00edculo 2058 del CCYC de la Naci\u00f3n establece que puede resolver:<\/p>\n\n\n\n<p>a) las cuestiones que le son atribuidas especialmente por la ley o por el reglamento de propiedad horizontal;<\/p>\n\n\n\n<p>b) las cuestiones atribuidas al administrador o al consejo de propietarios cuando le son sometidas por cualquiera de \u00e9stos o por quien representa el cinco por ciento de las partes proporcionales indivisas con relaci\u00f3n al conjunto;<\/p>\n\n\n\n<p>c) las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio;<\/p>\n\n\n\n<p>d) las cuestiones no contempladas como atribuciones del administrador o del consejo de propietarios, si lo hubiere.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, con respecto a la convocatoria y qu\u00f3rum, se explica en el art\u00edculo que sigue al anterior que los propietarios deben ser convocados a la asamblea en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal, con transcripci\u00f3n del orden del d\u00eda, el que debe redactarse en forma precisa y completa; es nulo el tratamiento de otros temas, excepto si est\u00e1n presentes todos los propietarios y acuerdan por unanimidad tratar el tema.<\/p>\n\n\n\n<p>La asamblea puede autoconvocarse para deliberar. Las decisiones que se adopten son v\u00e1lidas si la autoconvocatoria y el temario a tratar se aprueban por una mayor\u00eda de dos tercios de la totalidad de los propietarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Son igualmente v\u00e1lidas las decisiones tomadas por voluntad un\u00e1nime del total de los propietarios aunque no lo hagan en asamblea.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, en el art\u00edculo 2060 se establece que las decisiones de la asamblea se adoptan por mayor\u00eda absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales y se forma con la doble exigencia del n\u00famero de unidades y de las partes proporcionales indivisas de \u00e9stas con relaci\u00f3n al conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los presentes puede proponer decisiones, las que deben comunicarse por medio fehaciente a los propietarios ausentes y se tienen por aprobadas a los quince d\u00edas de notificados, excepto que \u00e9stos se opongan antes por igual medio, con mayor\u00eda suficiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El derecho a promover acci\u00f3n judicial de nulidad de la asamblea caduca a los treinta d\u00edas contados desde la fecha de la asamblea.<\/strong> Para m\u00e1s informaci\u00f3n sobre estos temas, tambi\u00e9n pod\u00e9s visitar <a href=\"http:\/\/www.sidomus.com\/noticias\">nuestro blog de noticias<\/a> especialmente pensado para el Administrador de consorcios y vecinos del pa\u00eds. Para conocer sobre SiDomus, pod\u00e9s consultarnos <a href=\"http:\/\/www.sidomus.com\">ac\u00e1<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCu\u00e1les son los puntos que debe respetar un acta de un asamblea de consorcio? \u00bfQu\u00e9 dice el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n? 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