Ley de alquileres: alternativa que mejora condiciones a inquilinos

El proyecto sobre Ley de Alquileres logró la media sanción de Diputados con el respaldo de 191 legisladores y 24 abstenciones, de las cuales 22 fueron de Cambiemos. De ser aprobada por el Senado podría estar vigente a partir de febrero de 2020. En esta nota, te contamos los detalles y en qué favorece a inquilinos, propietarios e inmobiliarias.

Con el objetivo de favorecer los requisitos obligatorios a la hora de alquilar una propiedad y de incentivar el mercado inmobiliario, golpeado por la inflación que vive el país, la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) celebró la media sanción del proyecto de ley de alquileres y anticipó que, de ser aprobada próximamente en el Senado, comenzaría a aplicarse a partir de febrero o marzo del 2020.

Desde la CIA aseguran que la media sanción se trata de un paso importante de un trabajo conjunto entre legisladores y asociaciones de inquilinos. Además, sostienen que la nueva legislación podría bajar los costos de acceso y garantía a los inmuebles en un 50%. Esto se debe a la “cláusula de arbitraje” que se incorporó al proyecto y que, explican, evitaría ir a juicio en caso de conflicto entre las partes.

“La cláusula es opcional y va a permitir una resolución de conflictos más expeditiva, sin la necesidad de que intervenga un tribunal ordinario. Si eso sucede, se podrían bajar los costos de acceso y garantía hasta un 50%”, concluyen.

Además de llevar el plazo mínimo de los alquileres de dos a tres años, el texto dispone una actualización anual del precio de todos los contratos independientemente de su valor.

Qué tenés que saber de la Ley de Alquileres

De aprobarse por el Senado, el proyecto de ley de alquileres obliga:

  • A que el depósito de entrada no represente un monto mayor al valor del primer mes de alquiler.
  • A ampliar la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar como garantía: se admiten inmuebles de terceros pero también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.
  • A comprender que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino.
  • A interrumpir el contrato de alquiler y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, siempre que los inquilinos cumplan con un preaviso mínimo de tres meses.
  • A que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la AFIP, para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.

Si querés conocer más acerca de la ley podés hacerlo acá. Son muchas las inmobiliarias que festejan por anticipado la aprobación, porque estiman que no impactará en los precios.

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