La Propiedad Horizontal y el Reglamento de Copropiedad

Ambas definiciones permiten organizar las tareas de los consorcios, administradores y mejorar la convivencia entre vecinos. Además del régimen legal conocido como Propiedad Horizontal, el Reglamento de Copropiedad define horarios, turnos, y límites de las unidades funcionales y espacios comunes de un edificio, comunidad o barrio cerrado, entre otras cláusulas importantes.

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación define a la Propiedad Horizontal como “hablar de un derecho real sobre cosa propia, que se ejerce sobre un inmueble propio que otorga a su titular facultades de uso, goce y disposición material y jurídica, que se ejercen sobre partes privativas y sobre partes comunes del edificio, de conformidad con lo que establece el título y el respectivo Reglamento de Propiedad Horizontal”.

En síntesis, la Propiedad Horizontal se define por los pisos, departamentos, locales, cocheras cubiertas, semicubiertas y/o espacios para guardacoches, bauleras, entre otros espacios comunes, que tengan independencia funcional y comunicación con la vía pública de un edificio perteneciente a diversos propietarios.

Por su parte, el llamado Reglamento de Copropiedad es el estatuto regulador de los derechos y obligaciones de la comunidad de vecinos, y forma parte integrante del título de cada uno de los propietarios, al cual estos últimos se sometieron voluntariamente y, por ello, deben cuidar su cumplimiento. Este reglamento es elaborado por un escribano público, a través de escritura pública.

En este marco, el régimen de Propiedad Horizontal establece las normas que regulan los edificios o comunidades por un “Reglamento Interno” destinado a organizar la convivencia dentro del inmueble o barrio cerrado, y asuntos de interés común como horarios y días de mudanzas, cuidados y horarios para sacar la basura, espacios de uso para animales, usos de la pileta, usos o reservas del SUM, entre otros espacios comunes posibles de contar además con amenities. Este reglamento no está destinado a modificar el Reglamento de Propiedad Horizontal, pero una vez aprobado es de cumplimiento para propietarios y/o inquilinos por igual. Si además el consorcio cuenta con un sistema de gestión online como SiDomus, la consulta de usos puede hacerse desde el celular o computadora, sin demoras ni esperas. Incluso es posible reservar el uso de espacios comunes por ejemplo, o votar online iniciativas vecinales que aspiren a mejorar el bien edilicio o comunidad en favor de todos.  

Un régimen que organiza y mejora la convivencia

Propiedad Horizontal no es un bien inmueble en particular sino un régimen que regula la forma en que se divide un bien inmueble y la relación entre los propietarios de las unidades funcionales y espacios comunes. Es más, la Propiedad Horizontal permite la organización de los copropietarios y el mantenimiento de los espacios comunes.

Este tipo de organización es posible mediante los consorcios, que agrupan a los propietarios de los diferentes pisos, terrenos, o departamentos. Estos dueños son los que deciden, por votación, sobre las partes comunes del edificio.

Con SiDomus hace tiempo que administradores y vecinos pueden consultar expensas por celular o computadora sin necesidad de imprimirlas o esperar el impreso debajo de la puerta. Esta opción es un plus cuando necesitamos, por ejemplo, evitar la morosidad y conocer en detalle gastos ordinarios y aquellos que son necesarios para la correcta manutención del edificio o barrio cerrado en el que vivas. Además, desde el módulo Reservas interesados en hacer uso de espacios comunes como pileta, parrilla o SUM, entre otros, pueden acceder a un calendario online y reservar turno por fecha sin necesidad de dar aviso al encargado, consorcio o administrador. ¿Querés conocer más acerca del sistema? Consultanos en hola@sidomus.com o al 0810-268-0115.